La medida, dispuesta el pasado viernes, incluye que en un plazo de "diez días hábiles" para que el organismo estatal bonaerense "efectivice y otorgue por donde corresponda" a la azuleña que presentó el amparo "la cobertura integral" del tratamiento de fertilización asistida.
La abogada Florencia Aramburu, quien se recibió hace tres años y desde hace dos que está matriculada, trabaja en un estudio de la ciudad de Azul y recibió a dos mujeres, en su despacho, por recomendación de una colega.
"Estoy muy contenta, no por el objetivo personal, sino porque esto sienta un precedente en la Justicia para que ninguna Obra Social o empresa de Medicina Prepaga, les niegue a las parejas el derecho de tener hijos usando métodos de fertilización", dijo la letrada a Infoeme.
"Luego de enviarle Carta Documento a I.O.M.A. y después presentar un Recurso de Amparo, el Juez de turno resolvió fallar en favor de mis clientes y ver la felicidad de esas chicas fue algo muy emocionante", agregó.
La letrada consideró como "arbitraria" y "carente de todo fundamento jurídico" la decisión de IOMA de negarle el tratamiento a su patrocinada, ya que a su entender eso implicaba "desconocer el derecho a formar una familia de toda persona con total independencia de su orientación sexual y estado civil de las uniones homoafectivas compuestas por dos mujeres".
"La reproducción humana asistida es el único medio que poseen para poder concretar su derecho a ser madres, y no puede ser menoscabado arbitraria e ilegítimamente como pretende IOMA", agregó.
Cabe destacar que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, al que pertenece IOMA, fue pionero en la Ley de Fertilización Asistida que obliga a prepagas y obras sociales a cubrir los tratamientos.
Regresar